A cualquiera le puede pasar: llega la fecha de pago y la plata no alcanza. Atrasarse sale caro, pero no todo vale. La ley pone límites a lo que te pueden cobrar y a cómo te pueden cobrar. Saberlos te ayuda a tomar mejores decisiones y a defenderte si alguien se pasa.
Lo que sí te pueden cobrar
Interés de mora. Se cobra por cada día de atraso sobre lo que debes. Tiene tope: no puede pasar la tasa de usura (artículo 884 del Código de Comercio). Si una entidad cobra más, pierde esos intereses y debe devolver lo cobrado de más (artículo 72 de la Ley 45 de 1990).
Gastos de cobranza. Es lo que más sube la deuda, y cambia muchísimo de una app a otra. En los contratos que revisamos encontramos desde un valor fijo de $25.000 entre los días 6 y 30 de atraso, hasta un 20 % del préstamo al tercer día de mora, que sigue subiendo hasta el 65 %, más IVA. Estos cobros deben corresponder a una gestión de cobro real (llamadas, mensajes, abogados) y estar pactados en el contrato; no son una multa automática.
Pérdida de descuentos. Algunas apps te hacen descuento en la firma electrónica si pagas a tiempo. Si te atrasas, te cobran el valor completo de una vez.
Lo que no te pueden hacer
La Ley 2300 de 2023, conocida como la ley «Dejen de fregar», pone reglas a la cobranza:
- Horarios: solo te pueden contactar de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. Nunca domingos ni festivos.
- Frecuencia: una vez hayan hablado contigo, no pueden usar más de un canal en la misma semana ni llamarte más de una vez el mismo día.
- Terceros: no pueden llamar a tus referencias para presionarte, ni escribirles a tu familia, a tus compañeros de trabajo o a tus contactos, ni exponer tu deuda en redes sociales.
- Solo por canales autorizados: únicamente por los medios que tú aceptaste.
Reporte en centrales de riesgo. Antes de reportarte como deudor moroso te deben enviar una comunicación previa, y solo pueden reportarte cuando hayan pasado 20 días calendario desde ese aviso (Ley 1266 de 2008, modificada por la Ley 2157 de 2021). Si la deuda es pequeña (hasta el 15 % de un salario mínimo), te deben avisar al menos dos veces, en días diferentes. Cuando pagas, el reporte negativo dura el doble del tiempo que estuviste en mora, con un máximo de 4 años.
Qué hacer si no puedes pagar
- Pide la prórroga antes de vencerte. Casi todas las apps ofrecen extender el plazo pagando una parte o un cargo. Casi siempre sale más barato que caer en mora.
- Habla con la entidad y propón un acuerdo de pago. Algunas congelan los gastos de cobranza si haces un acuerdo.
- Si tienes varias deudas, no pagues a ciegas. Paga primero la que más sube si esperas, no necesariamente la que vence antes. Usa el Tablero de tus préstamos para ordenarlas.
- No pidas un préstamo para pagar otro en una app más cara. Si vas a refinanciar, que sea con un crédito de menor costo total.
- Nunca acudas al gota a gota. Mira cuánto te cobra de verdad.
Si te están cobrando mal
- Primero, presenta un reclamo escrito ante la app o entidad (PQR) y guarda la respuesta.
- Si es una entidad vigilada (bancos, compañías de financiamiento), puedes acudir al defensor del consumidor financiero y a la Superintendencia Financiera.
- Si no es vigilada, la queja va a la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Si hay amenazas o extorsión, denuncia ante la Policía o el GAULA en la línea 165.
Antes de tu próximo préstamo, revisa en el comparador cuánto cobra cada app si te atrasas. Es una de las diferencias que más dinero te puede ahorrar.
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